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Guía de formularios

Formulario DV-300: solicitud para cambiar o poner fin a una orden de restricción

Guía en español del formulario DV-300 (Solicitud de cambiar o poner fin a orden de restricción): quién puede pedirlo, qué formularios van juntos, entrega legal y audiencia mientras la orden sigue vigente.

Formularios DV-300 y DV-310, DV-300 rev. 1 de julio de 2026; DV-310 nuevo 1 de enero de 2025. Revisado contra courts.ca.gov y el Código de Familia el 30 de octubre de 2026.

Respuesta rápida

El formulario DV-300 es la Solicitud de cambiar o poner fin a orden de restricción para una orden de violencia doméstica que aún está vigente; se presenta con los puntos 1 y 2 del DV-310, no hay cuota de presentación, y solo la persona protegida o la restringida puede pedir el cambio (Rev. July 1, 2026).

Respuesta directa

Presente el formulario DV-300 (rev. 1 de julio de 2026) y los puntos 1 y 2 del formulario DV-310 (nuevo 1 de enero de 2025) en la corte que emitió la orden. Tribunales de California indica que no hay cuota y que solo la persona protegida o la restringida puede pedir el cambio o el término. La orden sigue vigente y debe cumplirse hasta que un juez la cambie o la termine en audiencia. DV-300-INFO indica que solo la corte puede cambiar o terminar la orden; no basta con que las partes estén de acuerdo.

Proceso completo en español: Cómo pedir una orden de restricción por violencia doméstica en California · Versión en inglés · Esta guía en inglés

Pasos

  1. Obtenga una copia de su orden vigente (DV-130, DV-730 u otra) y confirme que no ha vencido
  2. Complete el DV-300 y los puntos 1 y 2 del DV-310; adjunte DV-305 si pide cambiar custodia
  3. Presente los formularios en la corte (sin cuota)
  4. Haga entrega legal a la otra parte según indique el DV-310 y presente el comprobante
  5. Asista a la audiencia que fije la corte

Cuándo se usa el DV-300

Use el DV-300 mientras la orden de restricción por violencia doméstica siga vigente. DV-300-INFO indica que no use este proceso si solo tiene una orden temporal (DV-110 o DV-116) o si la orden ya venció.

El punto 3a pide terminar todas las órdenes; el punto 3b pide cambiar o terminar algunas. Para cambiar custodia o visitas otorgadas en la orden, Tribunales de California indica adjuntar el formulario DV-305.

Formularios que van juntos

DV-300 explica qué quiere cambiar y por qué. En el DV-310 usted completa solo los puntos 1 y 2; la corte completa la fecha de audiencia y cualquier orden temporal. DV-300 pide adjuntar una copia de la orden vigente (punto 7).

FormularioFunciónQuién lo completa
DV-300Solicitud de cambiar o poner fin a orden de restricciónQuien pide (protegida o restringida)
DV-310Aviso de audiencia y orden temporalPuntos 1 y 2: quien pide; resto: la corte
DV-305Cambio de custodia o visitas (si aplica)Quien pide

Entrega legal y audiencia

Usted no puede entregar los papeles usted mismo. Tribunales de California indica que el servidor debe ser mayor de 18 años y no estar en el caso; el sheriff puede entregar gratis con el formulario SER-001.

La orden de restricción permanece vigente hasta que el juez la cambie o la termine. Asista a la audiencia que indique la corte en el DV-310.

Fuentes oficiales

Un pago por caso: $19.99; gratis con exención de cuota.

Descargar el PDF oficial del DV-300