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Cómo pedir una orden de restricción por violencia doméstica en California
Respuesta directa
Para pedir una orden de restricción por violencia doméstica en California, complete los formularios DV-100, CLETS-001, DV-109 (rubros 1-2) y DV-110 (rubros 1-3), presente el original más dos copias en el tribunal superior de su condado y haga que otra persona notifique a la otra parte antes de la audiencia. No hay cuota de presentación y no necesita abogado.
Paso 1: Llenar los formularios
El paquete básico incluye DV-100, CLETS-001, DV-109 (rubros 1-2) y DV-110 (rubros 1-3). Pueden aplicar otros formularios (por ejemplo DV-105 o DV-140 si hay menores). Revise si su tribunal tiene formularios locales.
- Guía DV-100 (español)
- CLETS-001 (confidencial para la policía)
- DV-109 (aviso de audiencia)
- DV-110 (orden temporal propuesta)
Paso 2: Presentar en el tribunal
Presente el original más dos copias en persona, por e-filing o en un buzón del tribunal. No hay cuota de presentación (Fam. Code § 6222). Guía de presentación (español) · Encuentre su tribunal.
Paso 3: Recibir los documentos sellados
El juez decide sobre la orden temporal el mismo día o el siguiente día hábil (Fam. Code § 6326). Un DV-110 firmado es una orden temporal hasta la audiencia.
Paso 4: Notificar a la otra persona
Una persona mayor de 18 años que no sea usted debe entregar los documentos. El sheriff puede notificar sin costo cuando usted proporciona un domicilio. Guía de notificación (inglés).
Paso 5: Ir a la audiencia
La audiencia suele ser dentro de 21 días después de que se conceda o niegue la orden temporal, o 25 con causa justificada; si no hay orden temporal, dentro de 21 días (o 25 con causa justificada) desde la presentación (Fam. Code § 242(a)). Guía de audiencia (inglés).
Costo de JusticeOS
El tribunal no cobra cuota de presentación. JusticeOS cobra un pago por caso: $19.99. Precios.
Fuentes oficiales
- Tribunales de California: orden de restricción por violencia doméstica
- Tribunales de California: llenar formularios
- Tribunales de California: presentar su solicitud
- Código de Familia de California § 6222 (sin cuota de presentación)
- Código de Familia de California § 6326 (orden temporal)
- Código de Familia de California § 242 (plazo de audiencia)